PERMISOS PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS BOSQUES

El Agua es fuente de vida, conservemos nuestro Medio Ambiente.

El Saltillo - Tisey

El Instituto Nacional Forestal ( INAFOR) cuenta con el marco legal: Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del sector forestal, el Reglamento Forestal de la referida Ley, las Normas,  Técnicas Obligatorias y las Disposiciones Administrativas. Todo éste marco legal se interrelaciona para permitir el uso racional del bosque, lo que nos lleva a los permisos o permisología.

 

La Permisología son los diferentes requisitos para poder obtener de INAFOR un permiso de aprovechamiento forestal; por cierto es la única institución que esta facultada por la ley para extender permisos, los cuales tendrán una vigencia de un año.

 

Los bosques pueden ser de pino (conífera) o latifoliado (hoja ancha). El aprovechamiento de bosques de pinos, es mediante un Plan General de Manejo Forestal, mientras que en el bosque latifoliado se divide el manejo en: áreas menores de 10 hectáreas que requieren un Plan de Reposición Forestal,  Áreas de bosque fragmentado- área intervenida- mayores de 10 hectáreas mediante un Plan Mínimo Forestal y finalmente Áreas de bosques no fragmentados mayores de 10 hectáreas que requieren un Plan General de Manejo Forestal.

 

Los requisitos son los siguientes:  Plan de Manejo elaborado por un técnico forestal privado, designación de un técnico regente, título de dominio de la propiedad, el cual deberá estar inscrito en el Registro de la   Propiedad, cesión de derecho en original en caso de ceder los derechos de aprovechamiento y finalmente la autorización de la Dirección General de Áreas Protegidas de MARENA, cuando la propiedad se encuentre dentro de éstas.

 

Para autorizarse un Plan de Manejo, este debe ser elaborado conforme la metodología autorizada por INAFOR. Los planes de manejo se presentarán ante el INAFOR para ver si está conforme. En los casos de Planes Generales de Manejo,  se entregará a la Alcaldía Municipal y a MARENA una copia para la revisión técnica y verificación de campo; si el documento es satisfactorio se presenta en Audiencia Pública. Todo este procedimiento debe cumplirse en un período menor a los 30 dias.

Los permisos menores donde solo se aprovechan árboles secos para madera o leña no necesitan plan de manejo, y el trámite se realiza en un día. Es importante que los dueños de bosques, así como las personas que compran los productos del mismo( madera o leña), conozcan los requisitos para su aprovechamiento, en caso contrario la ley los sancionará con multas que oscilan entre quinientos y cinco mil dólares en casos graves; y para casos muy graves multas de diez mil dólares o el decomiso del producto forestal y el medio de transporte en el que se cometió el ilícito.

 

Los delegados municipales de INAFOR, estamos dispuestos a proporcionarles una mayor información para que el aprovechamiento forestal sea legal, el manejo  racional y que permitamos la sostenibilidad del Recurso Bosque.

 

A todos los estelianos, turistas y demás les instamos a que protejamos nuestro hábitat, riquezas naturales maravillosas de nuestra vida. Protejamos y conservemos el medio ambiente, no lo destruyamos. Hagamos de nuestra región un lugar acogedor y pintoresco.

 

Ing. Mario Delgado Sosa.

Delegado Municipal de INAFOR- Estelí